La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aprobó, mediante la Resolución General 5893/2026, la eliminación del uso habitual de facturas en papel para determinados grupos de pequeños contribuyentes. Desde el 1 de noviembre de 2026 los monotributistas sociales y los incluidos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente (Monotributo Promovido) deberán emitir sus comprobantes de forma electrónica o, cuando corresponda, a través de un controlador fiscal.
Calendario de implementación
El primer tramo del cronograma comienza el 1 de noviembre de 2026, fecha a partir de la cual los monotributistas sociales y promovidos perderán la opción de utilizar talonarios impresos como modalidad habitual. El papel quedará reservado sólo para contingencias, como la imposibilidad temporal de acceder a los sistemas electrónicos, y sólo podrá usarse hasta el vencimiento del Código de Autorización de Impresión (CAI) correspondiente.
Los contribuyentes que no están alcanzados por el IVA tendrán plazo adicional hasta el 1 de marzo de 2027 para pasar a la emisión electrónica. Hasta el 28 de febrero de 2027 podrán seguir usando los comprobantes impresos bajo el régimen vigente, pero a partir de marzo deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos originales y no podrán optar por el controlador fiscal.
Excepciones y modalidades
ARCA contempla una excepción para ciertas entidades del sector asegurador que, según la Ley 20.091, realicen exclusivamente operaciones no alcanzadas por IVA; estas quedarán fuera de la obligación de migrar a la factura electrónica.
Para los contribuyentes que no dispongan de un punto de venta habilitado, la agencia podrá inscribirlos de oficio en el servicio "Comprobantes en línea" bajo la opción "Factura en línea - Monotributo" vinculada al domicilio fiscal declarado. Las herramientas disponibles incluyen la plataforma "Comprobantes en Línea" y, para quienes estén habilitados, el "Facturador", accesible desde celulares, tablets o computadoras.
El cambio de modalidad no altera la situación tributaria de los contribuyentes: los monotributistas continuarán utilizando comprobantes clase "C", mientras que los trabajadores independientes promovidos mantendrán las características propias de su régimen.



